Requisito académico acceso a los ciclos formativos de grado superior

Para los ciclos formativos de grado superior los accesos pueden ser:

  1. Acceso directo:
  • Titulados de Bachillerato LOGSE-LOE
  • Titulados de Bachillerato Experimental.
  • Alumnos con COU o PREU superado.
  • Titulados de Formación Profesional de segundo grado (técnico especialista) o técnico superior u otras titulaciones equivalentes a efectos académicos.
  • Titulados universitarios que no posean ninguna de las titulaciones anteriores.

En la última normativa relativa a la admisión del alumnado, Orden 33/2011 de 18 de mayo de 2011, de la Conselleria de Educación (DOGV 25 de mayo de 2011), se establecen los criterios de preferencia para el acceso a los ciclos superiores, en función del ciclo elegido y los estudios cursados.

 

  1. Acceso mediante prueba:
  • Podrán acceder a los ciclos formativos de grado superior sin reunir el requisito mencionado los solicitantes que hubieran aprobado en cualquier convocatoria la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior prevista en el punto 3.c) del artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En todo caso, la opción de la prueba superada habrá de permitir el acceso al ciclo formativo para el que se solicita la admisión. Para acceder por esta vía se requerirá tener 19 años cumplidos en el año natural de realización de la prueba o 18 años si se acredita estar en posesión de un título de técnico relacionado con la familia profesional a la que se quiera acceder.

 

Exenciones en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior

  • Estarán exentos de la realización de toda la prueba, quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

 

ORDEN 46/2012, de 12 de julio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunitat Valenciana.